Si ingresó a Estados Unidos sin inspección y se casó con un ciudadano estadounidense o residente permanente legal, el perdón provisional I-601A puede ser la vía que le permita obtener la residencia permanente sin pasar años separado de su familia. Así funciona en la práctica.
Quién califica
- Se encuentra físicamente presente en Estados Unidos.
- Tiene al menos 17 años de edad.
- Cuenta con una petición familiar I-130 aprobada, o es autopeticionario bajo VAWA.
- Puede demostrar "dificultad extrema" para un cónyuge o un padre o madre que sea ciudadano estadounidense o residente permanente legal, si tuviera que esperar en el extranjero a que expire la barra por presencia ilegal.
- No está sujeto a otras causales de inadmisibilidad (aparte de la barra por presencia ilegal). El I-601A resuelve únicamente la inadmisibilidad por presencia ilegal bajo la sección 212(a)(9)(B); no perdona fraude, motivos penales, reingresos ilegales ni otras causales.
- Si es beneficiario preferencial (no familiar inmediato de un ciudadano estadounidense), su fecha de prioridad del I-130 debe estar vigente conforme al boletín de visas antes de la entrevista consular.
Dificultad extrema — qué gana el caso
La "dificultad extrema" es más que una dificultad ordinaria. El familiar calificado —es decir, el cónyuge o el padre o madre ciudadano estadounidense o residente permanente legal, no los hijos— debe demostrar consecuencias específicas y graves. Categorías comunes:
- Salud: Condiciones médicas del familiar calificado que dependen de su presencia o que se agravarían con la reubicación. Condiciones de salud mental, con frecuencia documentadas mediante evaluaciones psicológicas.
- Economía: Imposibilidad de mantener a la familia sin sus ingresos, pérdida de vivienda, deudas que se volverían inmanejables.
- Condiciones del país: Peligros en su país de origen — violencia, persecución, falta de atención médica para la condición del familiar calificado.
- Lazos familiares: Hijos que dependen de usted, padres ancianos que necesitan sus cuidados, familiares que no podrían reubicarse.
- Educación: Educación especializada de los hijos que no puede replicarse en el extranjero.
Los casos más sólidos combinan varios factores. La evidencia incluye evaluaciones psicológicas, expedientes médicos, registros financieros, informes de condiciones del país y declaraciones detalladas.
Proceso y tiempos
- Petición familiar I-130 aprobada (y, para preferenciales, fecha de prioridad vigente).
- Solicitud del perdón I-601A presentada y aprobada (actualmente entre 8 y 15 meses).
- Procesamiento por el Centro Nacional de Visas (NVC).
- Viaje a la entrevista consular en su país de origen.
- Regreso a Estados Unidos con la visa de inmigrante.
La barra por presencia ilegal se activa al salir de Estados Unidos: 180 días o más de presencia ilegal activan la barra de 3 años; un año o más activa la barra de 10 años. El perdón I-601A aprobado antes de salir permite atender la entrevista consular sin quedar atrapado en el extranjero durante ese plazo.
Preguntas frecuentes
¿Puedo presentar el I-601A si estoy en proceso de deportación?
Por lo general, no. Primero debe obtener el cierre administrativo o la terminación del proceso de deportación.
¿Qué sucede si me niegan el I-601A?
Puede volver a presentarlo con evidencia más sólida. Algunos casos que no prosperan la primera vez sí resultan aprobados con una mejor preparación.
¿Cuánto cuesta el I-601A?
La tarifa de presentación de USCIS más los honorarios del abogado (generalmente entre $3,500 y $6,500, incluida la coordinación de la evaluación psicológica).
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