El TPS de El Salvador termina el 9 de septiembre de 2026. Esto es lo que sigue.
Aaron Elinoff · Socio Administrador, Novo Legal Group · Colegio de Abogados de Colorado #46468 · Inmigración y Derechos Civiles
La fecha de terminación es real. Los casos en corte que antes detenían estas terminaciones ya se cerraron. Si usted ha tenido TPS salvadoreño, esta es la guía a los caminos legales que le quedan — y a las trampas que hay que evitar.
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Por Aaron Elinoff, Socio Administrador de Novo Legal Group. Colegio de Abogados de Colorado #46468 · Colegio de Abogados de Washington #58949. Revisado por Aaron Elinoff, Socio Administrador.
Lo esencial
La extensión de 18 meses del Estatus de Protección Temporal (TPS) para El Salvador, otorgada por el Departamento de Seguridad Nacional, vence el 9 de septiembre de 2026. No hay una nueva extensión. No hay una orden judicial activa que detenga la terminación. Después de la decisión de la Corte Suprema del 25 de junio de 2026 en Mullin v. Doe, tampoco hay una teoría de litigio realista que la vaya a detener.
Para aproximadamente 170,000 nacionales salvadoreños con TPS — la mayoría por más de veinte años, muchos con cónyuges e hijos ciudadanos estadounidenses, hipotecas y trabajos — el 9 de septiembre es el día en que se pierde el permiso de trabajo y en que comienza otra vez a acumularse presencia ilegal.
Esta guía le explica qué cambia el 9 de septiembre, los siete caminos de transición que pueden (o no) aplicar a los hechos de su caso, por qué el “arreglo rápido” con advance parole ya no es seguro después de Delcarmen-Lara, y los pasos que conviene tomar en las semanas que quedan. Si prefiere saltar directamente al análisis por perfil, vaya a Cuándo hablar con Novo Legal al final.
Si usted tiene TPS salvadoreño en Colorado o Washington y quiere saber qué caminos aplican a su familia — Agende una consulta o llame al (888) 746-5245. Todo es confidencial.
Qué acaba de pasar
El 17 de enero de 2025, DHS publicó una extensión de 18 meses de la designación de TPS de El Salvador. Extension of the Designation of El Salvador for Temporary Protected Status, 90 Fed. Reg. 5953 (17 de enero de 2025) (Docket No. USCIS-2008-0034, RIN 1615-ZB71). Ese aviso fijó la fecha de expiración en el 9 de septiembre de 2026, y DHS no ha anunciado una extensión adicional ni una nueva designación.
Eso es la terminación. En términos sencillos:
- El 9 de septiembre de 2026, el TPS de El Salvador termina como designación de país.
- El 10 de septiembre de 2026, los beneficiarios salvadoreños de TPS ya no tienen estatus de TPS.
- No se emitirán nuevos EAD (permisos de trabajo) bajo las categorías A12 o C19 vinculadas al TPS salvadoreño después de esa fecha.
- Cualquier persona que quede en el país sin otro estatus legal comienza a acumular presencia ilegal de nuevo, para efectos de los castigos de 3 años y 10 años bajo INA § 212(a)(9)(B).
Terminar el TPS no es lo mismo que ser deportado. DHS no lo saca a usted del país el 10 de septiembre solo porque el calendario avanzó. Lo que hace la terminación es cerrar el cerco alrededor de su presencia legal: le quita el permiso de trabajo, lo deja en una postura removible, y le entrega a su empleador un problema de I-9. Pero la aplicación de la ley migratoria (enforcement) es un proceso aparte que requiere una Notificación de Comparecencia (NTA) y una fecha de corte. Ese cerco es real, y los caminos para pasarlo se van cerrando cada mes que usted espera para revisarlos.
Por qué las cortes no van a resolver esto
Dos casos importan aquí, y los dos están efectivamente cerrados.
Ramos v. Nielsen, la orden preliminar de 2018 que detuvo las primeras terminaciones de TPS de la primera administración Trump para El Salvador, Haití, Nicaragua y Sudán, fue desestimado por falta de controversia (moot) el 28 de diciembre de 2023 en el Distrito Norte de California, después de que la administración Biden rescindiera las terminaciones subyacentes. No hay una orden preliminar Ramos activa. No hay una apelación Ramos pendiente.
National TPS Alliance v. Noem, No. 3:25-cv-01766 (N.D. Cal.), fue el desafío de la generación actual a las decisiones de TPS de esta administración — pero apuntaba a Venezuela y Haití, no a El Salvador como reclamo operativo. La Corte Suprema suspendió la orden preliminar del tribunal de distrito en mayo de 2025 y luego, el 25 de junio de 2026, decidió Mullin v. Doe, No. 25-1083 (2026). La mayoría de 6-3 (Alito, con Roberts, Thomas y Kavanaugh en pleno; Gorsuch y Barrett en parte) sostuvo que la mayoría de los desafíos bajo la Ley de Procedimiento Administrativo (APA) y bajo la ley migratoria (INA) contra decisiones de designación, extensión o terminación de TPS quedan excluidos de revisión judicial. Los reclamos constitucionales — igual protección, debido proceso — nominalmente siguen disponibles, pero las barreras de admisibilidad y de fondo son altas y ningún desafío de ese tipo está encaminado a llegar a una orden preliminar antes del 9 de septiembre.
Léalo con claridad: la vía del litigio está cerrada. Cualquier asesor que le diga que espere a que una corte pause la terminación está trabajando con información de hace un año o le está vendiendo algo.
A quién afecta, en números
Aproximadamente 170,000 nacionales salvadoreños tienen TPS según las cifras más recientes de USCIS, y aproximadamente 152,000 están activos en la fuerza laboral estadounidense. Más de la mitad ha vivido en Estados Unidos por veinte años o más — la designación de TPS para El Salvador siguió a los terremotos de enero y febrero de 2001, y muchos beneficiarios actuales se registraron ese año y han vuelto a registrarse en cada ciclo desde entonces. Las mayores concentraciones están en California, Texas, Maryland, Nueva York y Virginia. Colorado y Washington no están entre los cinco primeros estados, pero ambos tienen comunidades salvadoreñas significativas a las que Novo Legal representa a diario.
El Center for Migration Studies estimó más de 190,000 hijos ciudadanos estadounidenses con un padre o madre con TPS salvadoreño al año 2017; esa generación ha llegado a la adultez, lo cual amplía materialmente el número de familias con un peticionario ciudadano estadounidense con edad suficiente (21+) para presentar una I-130 por su padre o madre.
Impacto inmediato: qué cambia el 9 de septiembre
Autorización de trabajo
Bajo el aviso del Registro Federal de enero de 2025, los EAD en las categorías A12 o C19 con ciertas fechas de expiración previas fueron extendidos automáticamente hasta el 9 de marzo de 2026, y las solicitudes de renovación presentadas durante la ventana de 60 días de nueva registración recibieron una extensión adicional de 540 días que no puede exceder el 9 de septiembre de 2026.
El 12 de agosto de 2026, USCIS confirmó el desenlace por separado: los EAD con los códigos de categoría A12 o C19 son válidos solo hasta el 9 de septiembre de 2026 para renovaciones presentadas antes del 30 de octubre de 2025. USCIS instruyó a los empleadores a poner “9 de septiembre de 2026” como fecha de expiración en el Formulario I-9, con una referencia al aviso de USCIS en el campo “Additional Information”.
No hay periodo de gracia después de esa fecha. El 10 de septiembre, la tarjeta que ha sido su permiso de trabajo por una década o dos décadas ya no autoriza a trabajar.
Exposición a remoción y presencia ilegal
El TPS suspende la acumulación de presencia ilegal para efectos de los castigos de 3 y 10 años bajo INA § 212(a)(9)(B). La terminación pone fin a esa suspensión.
Para un titular de TPS salvadoreño que entró sin inspección hace años y cuya única presencia legal ha sido el TPS mismo, el reloj de acumulación se reinicia el 10 de septiembre de 2026. Cualquier salida posterior de Estados Unidos después de 180 días de presencia ilegal acumulada post-terminación activa el castigo de 3 años; una salida después de un año de acumulación activa el castigo de 10 años. Esta es la razón por la que la pregunta del advance parole, más abajo, se ha vuelto la decisión individual de mayor impacto que la mayoría de titulares de TPS tomará en las próximas semanas.
Postura del empleador con el I-9
Su empleador tiene la obligación bajo 8 C.F.R. § 274a de completar un Formulario I-9 por cada empleado y de verificar de nuevo la autorización de trabajo cuando expire. El 10 de septiembre, su I-9 expira por operación de la instrucción de USCIS del 12 de agosto de 2026. Su empleador está obligado a verificar de nuevo.
Si usted presenta un documento nuevo que establece autorización de trabajo (una green card, un EAD nuevo vinculado a otra categoría — como un I-485 pendiente o una petición U — o en algunas circunstancias una tarjeta de Seguro Social sin restricciones), el empleador completa la Sección 3 del I-9 y usted sigue trabajando. Si no la presenta, el empleador tiene la obligación de terminar el empleo.
Lo que su empleador NO puede hacer: discriminar por origen nacional, exigir documentos específicos más allá de lo que las reglas del I-9 permiten, o despedirlo antes del 9 de septiembre con base en la terminación anunciada. Que lo despidan el 3 de septiembre porque las noticias dijeron que el TPS termina no es lo mismo que una terminación bajo las reglas del I-9 el 10 de septiembre, y la diferencia tiene consecuencias legales. Si su empleador lo está empujando a salir antes de tiempo, un abogado puede ayudar a distinguir entre una re-verificación cumplida con el I-9 y una terminación anticipada, y coordinar con un abogado laboral si los hechos lo ameritan.
Licencia de conducir y Real ID
Colorado emite licencias de conducir bajo C.R.S. § 42-2-127.7 independientemente del estatus migratorio (una licencia “SB13-251” o “CORA”). Un titular de TPS salvadoreño que pierda estatus seguirá siendo elegible para una licencia de conducir estándar de Colorado. El cumplimiento federal de Real ID es una cuestión separada — las credenciales compatibles con Real ID requieren documentación de estatus legal, y la terminación de TPS sí afecta eso.
Washington emite licencias de conducir estándar independientemente del estatus migratorio bajo RCW 46.20.035. Un titular de TPS salvadoreño que pierda estatus seguirá siendo elegible para una licencia estándar de Washington. Las Licencias de Conducir Mejoradas (EDL) son una categoría separada con requisitos de estatus legal.
Revise su DMV estatal específico antes del 9 de septiembre si depende de una credencial compatible con Real ID para viajes aéreos o para acceder a edificios federales.
Caminos de transición: el árbol de decisión
Esta es la sección que importa. No todos los caminos aplican a todos los titulares de TPS. La mayoría de beneficiarios salvadoreños de TPS tienen exactamente uno o dos caminos disponibles según sus hechos, y la diferencia entre “usted podría calificar” y “claramente no” gira sobre detalles — fecha de entrada, si alguna vez viajó con advance parole, si un familiar presentó una petición para usted antes del 30 de abril de 2001, si tiene un familiar calificante ciudadano estadounidense o residente permanente, si tiene algún antecedente penal, si ha sido víctima de un crimen o de trata o de violencia familiar.
Lea esta sección como una clasificación (triage). Note los caminos que parezcan plausibles para usted. Luego lleve los detalles específicos a un abogado.
Ajuste de estatus por familia (I-130 / I-485)
Aplica a usted si: tiene cónyuge ciudadano estadounidense o residente permanente, o padre/madre ciudadano estadounidense (y usted es soltero y menor de 21, o es beneficiario de una petición de categoría de preferencia), o un hijo ciudadano estadounidense con al menos 21 años que pueda peticionar por usted como padre/madre.
Este es el camino con el mayor volumen de alivio potencial para la población salvadoreña con TPS, y es el camino donde la doctrina legal más ha cambiado en los últimos años.
Dos hechos doctrinales guían el análisis.
Primero, tener TPS por sí solo no equivale a una “inspección y admisión” para efectos del ajuste de estatus bajo INA § 245(a). Sanchez v. Mayorkas, 141 S. Ct. 1809 (2021). Un titular de TPS salvadoreño que entró sin inspección y que nunca ha tenido otra admisión no es, por virtud del TPS solamente, elegible para ajustar estatus dentro de Estados Unidos. Esa es la regla de la Corte Suprema.
Segundo, desde la USCIS Policy Alert PA-2022-16 (1 de julio de 2022), USCIS trata a un titular de TPS que sale del país y regresa con advance parole como “inspeccionado y admitido” para efectos de § 245(a) a nivel nacional, en todos los circuitos. En el Noveno Circuito — que controla Washington — Ramirez v. Brown, 852 F.3d 954 (9th Cir. 2017), va más allá y trata al otorgamiento de TPS como una admisión para efectos del ajuste. En el Décimo Circuito — que controla Colorado — no hay decisión publicada del circuito directamente sobre el tema, y los clientes en Colorado se apoyan en la posición actual de política de USCIS.
Y ahora el tercer hecho, que lo cambia todo. Desde el 13 de agosto de 2026, Matter of Delcarmen-Lara, 29 I&N Dec. 830 (BIA 2026), sostuvo que una salida física — incluyendo el viaje con advance parole — cuenta como “salida” (departure) para efectos del castigo prospectivo de 10 años por presencia ilegal bajo INA § 212(a)(9)(B)(i)(II). Vea nuestro artículo compañero en Advance parole y el nuevo castigo de presencia ilegal. Puestos juntos: el viaje con advance parole que antes resolvía el problema de admisión bajo § 245(a) ahora puede activar un castigo de 10 años del otro lado.
Para un titular de TPS salvadoreño que tiene una I-130 viable (un cónyuge ciudadano estadounidense, o un hijo ciudadano que cumplió 21), el árbol de decisión práctico se ve así:
- Si usted ya tiene una I-130 aprobada y ya viajó con advance parole en el pasado (antes del 13 de agosto de 2026), un abogado puede evaluar si tiene una admisión existente que respalda el ajuste bajo § 245(a) dentro del país. El camino de § 245(a) puede estar abierto sin necesidad de más viajes.
- Si tiene una I-130 viable pero no tiene una admisión previa con advance parole, no suponga que el advance parole es la solución. Después de Delcarmen-Lara, un viaje con advance parole tomado ahora puede sumarle un castigo de 10 años al expediente. El proceso consular más una exención provisional I-601A (más abajo) puede ser la ruta más segura, según los hechos.
- Si su peticionario calificante es un cónyuge residente permanente o un hermano/hermana ciudadano (no un familiar inmediato), usted está mirando una fecha de prioridad en categoría de preferencia. Revise el Visa Bulletin para la asignación de El Salvador — la categoría F2A (cónyuge de residente y hijos solteros) suele estar corriente o cerca de corriente, pero F4 (hermanos) está a décadas.
- Beneficio de INA § 245(i) (grandfather). Una vía muy angosta: si usted o un familiar calificante presentó una certificación laboral o una I-130 por usted antes o hasta el 30 de abril de 2001, y usted estaba físicamente presente en Estados Unidos el 21 de diciembre de 2000, § 245(i) permite ajustar dentro del país sin importar la manera de entrada, pagando una multa de $1,000. Para la generación salvadoreña con TPS del 2001 esto es real para un subconjunto — si un familiar presentó algo por usted hace un cuarto de siglo, saque ese expediente.
Enlace interno: Inmigración familiar — I-130, fechas de prioridad, ajuste vs. proceso consular.
Proceso consular con exención provisional I-601A
Aplica a usted si: tiene una I-130 aprobada (usualmente a través de un cónyuge o padre/madre ciudadano o residente), no es elegible para ajustar dentro del país, y tiene un cónyuge o padre/madre ciudadano o residente que sufriría dificultad extrema si a usted le bloquearan el regreso.
Los mecanismos: usted sale de Estados Unidos para una entrevista consular en San Salvador. Como acumuló presencia ilegal, su salida activa el castigo de 3 o 10 años bajo INA § 212(a)(9)(B). Necesita una exención para regresar. La exención “provisional” I-601A, 8 C.F.R. § 212.7(e), le permite solicitar la exención por presencia ilegal antes de salir, para saber si está aprobada antes de arriesgarse a la salida. El estándar es dificultad extrema (extreme hardship) a un cónyuge o padre/madre ciudadano o residente permanente (no al hijo o hija).
Dos cosas para entender:
- La I-601A dispensa solamente el castigo por presencia ilegal. Si usted tiene otras causales de inadmisibilidad — ciertas condenas penales, órdenes de remoción previas, fraude — la I-601A por sí sola no las limpia. Se aplican exenciones distintas, bajo estándares distintos.
- El proceso consular toma tiempo. Las entrevistas en la Embajada de EE. UU. en San Salvador rutinariamente toman entre seis y dieciocho meses desde la aprobación de la I-601A hasta la emisión de la visa, y hay riesgo real en el proceso: demoras en procesamiento administrativo, denegaciones, y separación familiar durante el periodo de entrevista.
Para una familia con un caso fuerte de dificultad — un cónyuge ciudadano con una condición médica seria, obligaciones de hipoteca y cuidado de dependientes que solo el titular de TPS sostiene, hijos nacidos en Estados Unidos con necesidades especiales — este suele ser el camino más limpio a una green card. Para una familia sin un peticionario I-130 viable, no es un camino en absoluto.
Enlace interno: La exención I-601 de inadmisibilidad — guía del abogado de Colorado al castigo por presencia ilegal.
Asilo
Aplica a usted si: tiene un temor bien fundado de persecución en El Salvador por raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social particular — y presenta su solicitud dentro de un año de su última entrada, o puede demostrar circunstancias cambiadas o extraordinarias que justifiquen la excepción al plazo.
Las solicitudes de asilo generalmente deben presentarse dentro de un año de la última llegada a Estados Unidos. INA § 208(a)(2)(B); 8 U.S.C. § 1158(a)(2)(B). Para la mayoría de titulares salvadoreños de TPS que entraron en 2001 o antes, ese año pasó hace mucho.
El plazo puede excusarse por “circunstancias cambiadas” o “circunstancias extraordinarias”, 8 C.F.R. § 208.4(a)(4)-(5). Los jueces de inmigración han aceptado la terminación de una designación de TPS como una “circunstancia cambiada” que afecta materialmente la elegibilidad del solicitante, particularmente cuando las condiciones del país en El Salvador se han deteriorado durante el periodo de TPS. Esto depende de los hechos. No es un puerto seguro categórico. Que una solicitud de asilo presentada en septiembre de 2026 sobreviva a la regla de un año depende del expediente específico de condiciones del país y circunstancias personales que usted pueda construir.
Los méritos sustantivos para los reclamos salvadoreños son su propio análisis: persecución por pandillas, PSG (particular social group) por membresía familiar bajo Matter of L-E-A- — postura que ha cambiado más de una vez —, reclamos por género y reclamos de opinión política vinculados a la conducta del gobierno salvadoreño. Todo reclamo depende de los hechos; ninguna de estas teorías es una victoria segura en el clima actual de adjudicación.
No trate el asilo como una “solicitud defensiva de respaldo” sin entender las consecuencias de una denegación. Una solicitud afirmativa de asilo denegada se remite a la Corte de Inmigración, lo cual lo pone a usted en procedimientos de remoción.
Enlace interno: Abogado de asilo en Denver — afirmativo y defensivo.
Autopetición VAWA
Aplica a usted si: es cónyuge, hijo o padre/madre víctima de abuso por parte de un ciudadano estadounidense, o cónyuge o hijo víctima de abuso por parte de un residente permanente legal, y el abuso ocurrió durante la relación calificante.
El proceso de autopetición bajo la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA, INA § 204(a)(1)) permite que las personas sobrevivientes de abuso peticionen por sí mismas, sin la participación ni el conocimiento del abusador. Es un camino legal y confidencial que lleva a una green card. La petición puede presentarse sin importar el estatus migratorio actual; VAWA no exige que la persona peticionaria tenga TPS ni ningún otro estatus.
Para un titular de TPS salvadoreño cuyo cónyuge ciudadano o residente ha sido abusivo, VAWA puede ser la herramienta más importante — a menudo es más rápida que el proceso consular y no exige que el cónyuge abusivo presente nada.
Enlace interno: Abogado VAWA en Seattle para sobrevivientes hispanohablantes.
Visa U y visa T
La visa U aplica a usted si: ha sido víctima de un crimen calificante en Estados Unidos, ha sufrido daño físico o mental sustancial, y ha sido colaborador con las autoridades — o está dispuesto a serlo — en la investigación o el procesamiento del caso.
La visa T aplica a usted si: es víctima de una forma severa de trata de personas, se encuentra en Estados Unidos a causa de la trata, y ha cumplido con solicitudes razonables de asistencia por parte de las autoridades (con excepciones).
Ambas visas otorgan estatus de no inmigrante, autorización de trabajo y (después de un periodo) una vía para ajustar a residencia permanente legal. Ambas requieren certificación de una agencia policial (I-918 Suplemento B para U; menos rígido para T). Ambas tienen años de rezago en adjudicación, pero los beneficios provisionales — autorización de trabajo por Bona Fide Determination (BFD) para peticionarios U, acción diferida para peticionarios en lista de espera — históricamente han dado protección significativa durante la espera.
Aviso importante para el lector: el proceso de Bona Fide Determination de USCIS para peticionarios U ha sido objeto de revisiones de política en 2026 que pueden afectar el momento en que se otorga la autorización de trabajo provisional. Si usted está considerando presentar una visa U, pregúntele a su abogado cuál es la postura actual del BFD al momento de su presentación; los mecanismos de autorización de trabajo provisional pueden no verse como se veían en 2024 o 2025.
Enlaces internos: Abogado de visa U en Denver, Colorado · Visa T en Colorado: ¿califica? Guía para sobrevivientes · Centro de visas para víctimas.
Suspensión por equidad ante remoción — cancellation of removal (INA § 240A(b)(1), “42B”)
Aplica a usted si: ha sido puesto en procedimientos de remoción ante la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR), y cumple los cuatro requisitos legales bajo INA § 240A(b)(1).
La suspensión por equidad ante remoción (cancellation of removal) para no residentes está disponible en la Corte de Inmigración, no ante USCIS. Para calificar, usted debe demostrar:
- Diez años de presencia física continua en Estados Unidos inmediatamente antes de la solicitud, sin un evento de “stop-time” bajo INA § 240A(d)(1).
- Buena conducta moral durante ese periodo de diez años.
- Sin condenas descalificantes bajo INA §§ 212(a)(2), 237(a)(2) o 237(a)(3).
- Dificultad excepcional y extremadamente inusual para un cónyuge, padre/madre o hijo/hija ciudadano estadounidense o residente permanente si a usted lo removieran.
El requisito de dificultad es el difícil. Es un estándar más alto que “dificultad extrema” (el estándar de la exención I-601) y considerablemente más alto que “dificultad” a secas. La guía reciente de la Junta de Apelaciones en Matter of Arevalo-Vargas, 29 I&N Dec. 519 (BIA 2026), confirmó que “dificultad económica y contratiempos educativos por sí solos” no satisfacen el estándar; la jurisprudencia exige un tipo de dificultad sustancialmente más allá de lo que ordinariamente se esperaría de una remoción.
Dos cosas más para saber: los otorgamientos de suspensión por equidad están limitados a 4,000 por año fiscal (límite numérico) bajo INA § 240A(e)(1), y la decisión de la Corte Suprema en Niz-Chavez v. Garland, 593 U.S. 155 (2021), reformó la regla de stop-time para que una NTA (Notificación de Comparecencia) válida deba contener información de fecha y lugar para detener el reloj de los diez años. Esa reforma ha ayudado a algunos titulares de TPS con larga residencia cuyas NTA previas estaban defectuosas.
La suspensión por equidad no es un camino que uno inicia afirmativamente. Es una forma de alivio que se solicita una vez que la persona está en procedimientos de remoción. Es decir, si usted está considerando esta ruta, está considerando activar procedimientos de ejecución en su propia contra a cambio de la oportunidad de argumentar por una green card en la Corte de Inmigración. No es una decisión para tomar sin abogado.
Enlace interno: Elegibilidad para suspensión por equidad 42B (Colorado).
Basadas en empleo (H-1B / EB-2 / EB-3 / EB-5)
Aplica a usted si: tiene un empleador dispuesto a patrocinar una posición permanente, y la posición junto con sus calificaciones respaldan alguna de las categorías de preferencia basadas en empleo.
Para un subconjunto de titulares salvadoreños de TPS — típicamente los que están en roles calificados con larga antigüedad en un solo empleador, o los que tienen capacidad genuina como inversionista EB-5 — el patrocinio del empleador es una opción real. Los mecanismos involucran certificación laboral PERM (20 C.F.R. § 656) para EB-2/EB-3, una petición de inmigrante I-140 aprobada, y luego proceso consular o ajuste de estatus dentro del país si hay una admisión bajo § 245(a).
Para la mayoría de titulares de TPS salvadoreño que trabajan en roles de servicio, construcción u hostelería, el ajuste basado en empleo no es un camino realista a corto plazo. La inversión del empleador (honorarios legales, salario prevaleciente, obligaciones de reclutamiento) es significativa y pocos empleadores la asumen sin un caso comercial sólido.
Es una vía limitada, pero existe. Si su empleador alguna vez ha mencionado patrocinarlo, este es el mes para preguntar.
Discrecionalidad fiscal y cierre administrativo
Aplica a usted si: ya está en procedimientos de remoción y le está pidiendo a la corte o al abogado de ICE que ejerza discreción favorable en su caso.
La guía principal de la era Biden sobre discrecionalidad fiscal — el memorándum “Doyle” del 3 de abril de 2022 de ICE OPLA — fue rescindido en 2025 como parte de la orden ejecutiva de la administración actual que revocó las prioridades civiles de aplicación previas. No hay un marco sucesor significativo de PD (prosecutorial discretion) actualmente en vigor. Las solicitudes de cierre administrativo, la adhesión de ICE a mociones de reapertura, o la cancelación de NTA enfrentan hoy una barrera mucho más alta que la que había entre 2022 y 2024.
No construya su plan alrededor de PD. Si está en procedimientos, enfóquese en el alivio sustantivo — asilo, suspensión por equidad, ajuste de estatus — y trate cualquier resultado de PD como un extra, no como una estrategia.
Para una explicación de los mecanismos del cierre administrativo específicamente, vea Cómo se usa el cierre administrativo para desestimar procedimientos de deportación.
La trampa del advance parole
Hay una tentación, cuando el TPS termina, de pensar: “Viajo con advance parole antes del 9 de septiembre, regreso con una admisión, y luego ajusto estatus a través de mi cónyuge o hijo ciudadano.” Ese plan fue viable durante años. Ya no es viable en la mayoría de las situaciones sin un análisis cuidadoso, individualizado.
El 13 de agosto de 2026, la Junta de Apelaciones de Inmigración decidió Matter of Delcarmen-Lara, 29 I&N Dec. 830 (BIA 2026). La Junta sostuvo que el significado llano de “depart” (salir) en INA § 212(a)(9)(B)(i)(II) cubre cualquier salida física — incluyendo el viaje con advance parole. Es decir: si usted acumula un año o más de presencia ilegal en cualquier punto y luego sale físicamente de Estados Unidos, puede activar el castigo prospectivo de 10 años, aunque el viaje esté autorizado por USCIS.
Tres puntos que importan para titulares de TPS que consideran viajar con advance parole:
El castigo de 10 años es la preocupación, no el de 3 años. Delcarmen-Lara no abordó el castigo de 3 años bajo § 212(a)(9)(B)(i)(I). Para un titular de TPS cuya única exposición significativa a presencia ilegal es la acumulación post-terminación después del 10 de septiembre de 2026, el castigo de 3 años no se activa con un viaje con advance parole tomado antes del 9 de septiembre — la acumulación todavía no ha comenzado. Pero la mayoría de titulares de TPS salvadoreño de la generación de 2001 acumularon mucho más de un año de presencia ilegal entre su entrada original y su otorgamiento de TPS en 2001. Esa acumulación previa es lo que hace que el castigo de 10 años sea real.
Matter of Arrabally está limitado, no muerto. Matter of Arrabally & Yerrabelly, 25 I&N Dec. 771 (BIA 2012), sostuvo que una salida con advance parole no es una “salida” que active los castigos de 3/10 años. Ese fallo está sustancialmente limitado por Delcarmen-Lara, al menos para el castigo prospectivo de 10 años y al menos en hechos similares a los de Delcarmen-Lara. Su abogado necesita leer Arrabally, Delcarmen-Lara y sus hechos específicos juntos antes de recomendar un viaje.
Una exención con el Formulario I-601 puede estar disponible en forma discrecional para el castigo de 10 años por presencia ilegal, si se activa — el estándar es dificultad extrema a un cónyuge o padre/madre ciudadano o residente, aplicado en la entrevista consular o en un I-485 posterior. Es una exención discrecional, no un derecho, y su disponibilidad depende de si usted tiene un familiar calificante y de qué tan fuerte es el expediente de dificultad.
En corto: no viaje con advance parole entre hoy y el 9 de septiembre de 2026 sin una consulta individualizada con un abogado que haya leído Delcarmen-Lara y entienda su historial específico de presencia ilegal. La regla básica pre-agosto-2026 — “el viaje con advance parole cura el problema de § 245(a)” — ya no es un consejo general seguro. Vea nuestro análisis completo en Advance parole y el nuevo castigo de presencia ilegal (Delcarmen-Lara).
Qué hacer AHORA: la línea de tiempo
Antes del 9 de septiembre
- Conservación de documentos. Junte cada EAD que haya tenido (originales y copias), sus avisos de aprobación de I-821 de cada ciclo de re-registración de TPS, su tarjeta de Seguro Social, declaraciones de impuestos de los últimos diez años, W-2 y 1099, talones de pago, expedientes médicos, contratos de arrendamiento, estados de hipoteca, facturas de servicios públicos y toda correspondencia con USCIS o DHS. Si tiene familiares ciudadanos o residentes, junte sus actas de nacimiento, certificados de matrimonio y pasaportes. Si alguna vez un familiar presentó una I-130 o una certificación laboral por usted — aunque haya sido en 2001, aunque no haya ido a ningún lado — busque ese expediente.
- La conversación con el empleador. Acérquese a su contacto de recursos humanos antes del 9 de septiembre. Dígale que la actualización de USCIS del 12 de agosto de 2026 instruye a los empleadores a verificar de nuevo su I-9 el 10 de septiembre usando “9 de septiembre de 2026” como fecha de expiración, con referencia al aviso de USCIS. Si usted está tramitando otro estatus (I-485 pendiente, visa U pendiente, VAWA pendiente) y va a tener un EAD nuevo, dígale la categoría y el tiempo estimado. No ofrezca información sobre su historial migratorio más allá de lo que el I-9 requiere. Si su empleador tiene preguntas que su conversación inicial no resuelve, ese es el momento de involucrar a un abogado de inmigración.
- Agendar consulta. Si aún no se ha sentado con un abogado de inmigración para hablar de opciones post-TPS, hágalo en agosto o en la primera semana de septiembre. El mes anterior a la terminación es el más ocupado del año en los despachos de inmigración del país; entre más temprano llegue al calendario, más tiempo tiene el abogado para armar de verdad su caso.
- Plan familiar de emergencia. Si tiene hijos menores ciudadanos estadounidenses, complete un poder duradero y una autorización de custodia temporal nombrando a un adulto de confianza — un familiar ciudadano o residente, o un amigo residente permanente — como la persona que puede tomar decisiones de escuela, médicas y de viaje por sus hijos si usted no puede. Los poderes financieros y un plan doméstico escrito deben cubrir a su cónyuge y a cualquier dependiente.
¿Listo para construir su plan de transición? Novo Legal representa a titulares de TPS salvadoreño en Denver, Seattle, y por todo Colorado y Washington. Agende una consulta o llame al (888) 746-5245. Todo es confidencial.
La descarga: lista de opciones de transición del TPS (PDF)
No todos los caminos aplican a todas las familias. Para ayudarle a identificar cuáles caminos vale la pena revisar en una consulta, armamos una lista descargable gratuita de opciones de transición del TPS — una guía de decisión de una página, alineada con los siete caminos anteriores, y una hoja de trabajo para reunir documentos. Descargue la lista de transición del TPS (PDF)
Del 9 de septiembre a los primeros 30 días
- 9 de septiembre de 2026 (miércoles): último día de estatus TPS. Último día de validez de EAD A12/C19 según la actualización de USCIS del 12 de agosto de 2026. Último día, sin otro estatus legal, en que la acumulación de presencia ilegal está suspendida.
- 10 de septiembre (jueves) a mediados de octubre: las re-verificaciones de I-9 ocurren en la mayoría de los empleadores. Si usted no ha establecido una autorización de trabajo alternativa, espere un aviso de terminación bajo las reglas del I-9. Si lo terminan, documente la terminación (guarde el aviso, guarde cualquier comunicación de recursos humanos), presente solicitud de desempleo si es elegible bajo la ley estatal (Colorado y Washington permiten solicitudes de personas que estaban legalmente autorizadas para trabajar durante el periodo del salario; consulte con un abogado laboral específico de su estado), y trate esa ventana de 30 días como plazo para tener su solicitud de estatus alternativo presentada ante USCIS.
- Malentendidos comunes del empleador en esta ventana:
- “Perdió el TPS, así que tenemos que despedirlo hoy, 3 de septiembre.” No. La obligación del I-9 se activa el 10 de septiembre, no antes.
- “Necesita darme un EAD nuevo en las próximas 48 horas.” No. La Sección 3 del I-9 exige una re-verificación, pero el tiempo se mide desde la fecha de expiración, y un aviso razonable es lo estándar.
- “No lo puedo recontratar después del 10 de septiembre aunque consiga una nueva autorización de trabajo.” No. Si usted presenta un documento válido de autorización de trabajo, el empleador completa la Sección 3 y lo reincorpora.
Horizonte más largo
Si ya tiene una I-130 o I-485 pendiente, siga el estado de su caso en USCIS semanalmente vía myUSCIS. Si su fecha de prioridad avanza en el Visa Bulletin, la diferencia entre presentar su I-485 a tiempo y perder la ventana puede ser de años. Si está en procedimientos de remoción, respete cada fecha de corte; una audiencia perdida produce una orden de remoción en ausencia que toma años en reabrirse — si es que puede reabrirse.
Qué observar
Este pilar está escrito para el mundo que existe el día en que usted lo lee. Ese mundo puede cambiar, y republicaremos este pilar dentro de 48 horas de cualquier cambio material. Tres cosas que observar, en orden descendente de probabilidad:
- Implementación operativa de USCIS. La actualización de USCIS del 12 de agosto de 2026 fija la postura actual del I-9, pero USCIS a veces emite orientación posterior que aclara casos límite (renovaciones pendientes presentadas después del 30 de octubre de 2025; I-485 pendientes en los que los EAD derivados de A12/C19 hacen puente con EAD derivados de c9). Observe USCIS.gov y la sala de prensa de USCIS para guía post-terminación.
- Redesignación política. Administraciones previas han redesignado TPS para El Salvador cuando las condiciones del país lo ameritaban, más recientemente en la extensión de enero de 2025. La postura pública de la administración actual es terminación, no redesignación. Esa postura puede cambiar con un cambio de administración o con un evento discreto en las condiciones del país (un terremoto grande, un aumento de violencia de pandillas o estatal, un evento de desplazamiento masivo). La probabilidad de una redesignación a corto plazo es baja pero no cero.
- Acción legislativa. El American Dream and Promise Act (H.R. 6 en Congresos previos) y varios proyectos de ley aislados sobre TPS han sido re-introducidos en Congresos sucesivos sin aprobación. Un gran acuerdo migratorio que incluya la conversión de TPS a residencia para beneficiarios con larga permanencia es una propuesta que lleva una década. Es una posibilidad real, pero no a corto plazo.
Lo que no vale la pena observar: otra orden preliminar tipo Ramos. Ese caso está desestimado. Mullin ha bloqueado las teorías principales que los demandantes usaron para obtener la orden preliminar Ramos en su momento. Cualquier asesor que le diga que “espere a las cortes” en los próximos 30 días le está dando un consejo de hace un año.
Cuándo hablar con Novo Legal {#cuando-hablar-con-novo-legal}
La razón por la que este pilar es largo es porque los caminos son individualizados. Estos son los patrones de hechos que específicamente ameritan una consulta este mes:
- Usted tiene un cónyuge ciudadano estadounidense o un hijo o hija ciudadana que cumplió 21, y aún no ha evaluado con un abogado de inmigración si el ajuste de estatus dentro del país o el proceso consular con exención I-601A es el camino correcto para su familia.
- Usted alguna vez viajó con advance parole, o lo está considerando antes del 9 de septiembre. Después de Delcarmen-Lara, el análisis es más delicado que “el AP soluciona el § 245(a)”. Necesita a alguien que haya leído Delcarmen-Lara contra su historial específico de presencia ilegal.
- Un familiar presentó una I-130 o una certificación laboral por usted antes o hasta el 30 de abril de 2001 — aunque no haya ido a ningún lado. El beneficio “grandfather” bajo § 245(i) puede seguir vivo y usted puede no saberlo.
- Usted ha sido víctima de un crimen, de trata o de violencia familiar en Estados Unidos. VAWA, U o T puede ser el camino, y las protecciones provisionales que dan estas visas pueden llevarle a cruzar la fecha de terminación.
- Usted ya está en procedimientos de remoción y su audiencia de calendario maestro o de méritos está agendada en algún momento en los seis meses alrededor del 9 de septiembre. La suspensión por equidad ante remoción, el asilo, y las defensas de ajuste en Corte de Inmigración requieren preparación específica al caso que empieza meses antes.
- Su empleador le ha planteado la fecha del 9 de septiembre y está presionando por una decisión o una terminación antes. Esa conversación no es una tarea que uno enfrente en solitario.
- Usted tiene algún antecedente penal — aunque sea un delito menor de hace décadas, aunque sea una sentencia diferida (deferred judgment) que le dijeron que “no afectaría inmigración”. Cada camino de transición tiene una capa de análisis penal-inmigración. No suponga que una condena bloquea el alivio sin que un abogado la mire.
Novo Legal representa a titulares de TPS salvadoreño en Denver, Seattle, Kent y por todo Colorado y Washington. Cada abogado y cada miembro del personal es bilingüe inglés-español. Aceptamos los casos que otras firmas rechazan porque son complejos, y armamos los planes de transición que llevan a las familias hacia una green card — o, cuando la green card no está disponible, al estatus legal más seguro disponible.
Agende una consulta o llame al (888) 746-5245. Oficina de Denver: (303) 335-0250. Todo es confidencial.
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