Tiempo de Procesamiento de I-765 — Por Oficina (2026)
Tiempo de procesamiento por oficina
Haga clic en una columna para ordenar. Las oficinas marcadas con la nota de categoría de preferencia / boletín de visas muestran contexto en lugar de un número.
| Oficina | Rango | Fecha de consulta de servicio | Actualizado |
|---|---|---|---|
| National Benefits Center | 10 a 12,5 meses | 6 jul 2025 | 15 jul 2026 |
| National Benefits Center | 9 a 23 meses | 2 sep 2024 | 15 jul 2026 |
| National Benefits Center | 12,5 a 17 meses | 21 feb 2025 | 15 jul 2026 |
| National Benefits Center | 10,5 a 12,5 meses | 18 jul 2025 | 15 jul 2026 |
| National Benefits Center | 15 a 17 meses | 26 feb 2025 | 15 jul 2026 |
| Service Center Operations (SCOPS) | 19 a 22,5 meses | 15 sep 2024 | 15 jul 2026 |
| Service Center Operations (SCOPS) | 1 a 4 semanas | 24 jun 2026 | 15 jul 2026 |
| Service Center Operations (SCOPS) | 16,5 a 18 meses | 18 ene 2025 | 15 jul 2026 |
| Service Center Operations (SCOPS) | 3,5 a 5,5 meses | 15 feb 2026 | 15 jul 2026 |
| Service Center Operations (SCOPS) | 15 a 17,5 meses | 8 feb 2025 | 15 jul 2026 |
| Service Center Operations (SCOPS) | 6 a 9,5 meses | 18 oct 2025 | 15 jul 2026 |
| Service Center Operations (SCOPS) | 12 a 15 meses | 28 abr 2025 | 15 jul 2026 |
| Service Center Operations (SCOPS) | 16,5 a 26 meses | 2 jun 2024 | 15 jul 2026 |
| Service Center Operations (SCOPS) | 15 a 16,5 meses | 5 mar 2025 | 15 jul 2026 |
| Service Center Operations (SCOPS) | 14,5 a 18,5 meses | 5 ene 2025 | 15 jul 2026 |
| Service Center Operations (SCOPS) | 4,5 a 15 meses | 26 abr 2025 | 15 jul 2026 |
Qué significa realmente un retraso en I-765
Revisado por Aaron Elinoff, Socio Administrador, Novo Legal Group — Colegio de Abogados de Colorado #46468, Colegio de Abogados del Estado de Washington #58949
Qué significa realmente el rango publicado por USCIS
El número que USCIS publica para el I-765 no es una promesa, ni un promedio, ni una meta. Es una mirada retrospectiva. USCIS reporta el tiempo que recientemente tomó completar la gran mayoría de los casos adjudicados (según la metodología más reciente de USCIS, aproximadamente el 80%) en ese centro de servicio durante una ventana móvil hacia atrás (ver la explicación de metodología de USCIS en https://egov.uscis.gov/processing-times/more-info). Léalo con cuidado: eso significa que el resto tomó más tiempo — a veces sustancialmente más — y un caso individual puede quedar dentro o fuera de ese rango por razones que nada tienen que ver con el solicitante "típico". Cuando vea un rango como "X a Y meses" en la fila de la oficina correspondiente, entiéndalo como la descripción que USCIS hace de su propio historial reciente en esa unidad de adjudicación, no como un calendario al que su caso está sujeto. Para el I-765 en particular, el rango publicado depende en gran medida de la categoría de elegibilidad bajo la cual se presentó la solicitud — un hecho que suele ser lo primero que hay que verificar cuando el I-765 de un solicitante parece moverse más rápido que el de otro.
La fecha de solicitud de servicio es una señal distinta — y la que importa
Junto con el rango, USCIS publica una fecha de solicitud de servicio (SRD, por sus siglas en inglés) para cada formulario y cada oficina. Esta es la fecha que determina si un caso todavía pendiente se considera fuera del tiempo normal de trámite de USCIS. Es un concepto distinto al del rango, y confundir uno con el otro es uno de los errores más comunes que vemos en expedientes de I-765.
Hay dos situaciones que la gente suele mezclar:
- Fuera del rango habitual, pero presentado después de la fecha de solicitud de servicio. El caso pasó del tope del rango publicado, pero se presentó demasiado reciente para poder abrir una consulta de caso. Un solicitante en esta situación todavía no es elegible para presentar una consulta de caso. La postura típica aquí es de vigilancia — monitorear el estado del caso en línea, responder con prontitud a cualquier RFE (Solicitud de Evidencia), y hablar con un abogado si la demora empieza a afectar un empleo, un viaje o un beneficio derivado. Por lo general este no es el momento de escalar; es el momento de prepararse.
- Presentado en o antes de la fecha de solicitud de servicio y aún pendiente — "elegible para consulta de caso". Este es el estado que USCIS mismo trata como fuera del tiempo normal de trámite. Se puede presentar una consulta de caso (una solicitud de servicio) a través de la cuenta USCIS en línea, y si eso no mueve nada, se abren otras herramientas. Aquí es donde la conversación con un abogado empieza a valer.
El orden importa: la verificación de elegibilidad para consulta se hace primero contra la fecha de solicitud de servicio, independientemente de dónde caiga el caso dentro del rango. Un caso presentado bastante antes de la fecha de solicitud de servicio y todavía pendiente es elegible para consulta de caso incluso cuando nada en el expediente parezca inusual.
Qué impulsa realmente el tiempo del I-765 (y por qué no es solo el rango)
El I-765 (Solicitud de Autorización de Empleo) es un beneficio derivado vinculado a un estatus o solicitud subyacente. Esa estructura — no el rango publicado por sí solo — es lo que realmente determina cuánto tarda un EAD (Documento de Autorización de Empleo, por sus siglas en inglés) en emitirse en la práctica. Entenderla es la diferencia entre leer útilmente la tabla del hub y dejarse desorientar por ella.
(a) Los códigos de categoría de elegibilidad producen cronogramas distintos. Cada I-765 se presenta bajo una categoría de elegibilidad específica — un código que el solicitante ingresa en el Formulario I-765 y que identifica la base legal de la solicitud de autorización de empleo. Los ejemplos incluyen (c)(8) para solicitantes con una solicitud de asilo pendiente, (c)(9) para solicitantes con un I-485 de ajuste de estatus pendiente, (c)(33) para beneficiarios de DACA, (c)(3)(B) para estudiantes F-1 en la OPT (capacitación práctica opcional, por sus siglas en inglés) estándar posterior a la culminación de estudios (con (c)(3)(C) para la extensión de OPT STEM de 24 meses), (a)(12) para beneficiarios de TPS, (c)(26) para cónyuges dependientes H-4 de ciertos no-inmigrantes H-1B, y (a)(18) para cónyuges dependientes L-2 de no-inmigrantes L-1. Cada categoría se adjudica en la vía de revisión vinculada al estatus subyacente, y USCIS publica datos de tiempo de trámite por categoría — lo que significa que el I-765 de un solicitante y el de otro pueden mostrar rangos significativamente diferentes en el mismo día y en el mismo centro de servicio simplemente porque las categorías no comparten vía de revisión. En el verificador de tiempos de trámite de USCIS, el selector de categoría no es cosmético: seleccionar la categoría equivocada devuelve un número que no mapea al caso. Confirmar la categoría en la notificación de recibo (y hacerla coincidir con el menú desplegable del verificador) es donde suele empezar cualquier diagnóstico responsable del tiempo de un I-765.
(b) El I-765 es derivado de una solicitud o estatus subyacente. La verdadera pregunta sobre el tiempo del EAD suele ser dos preguntas superpuestas: ¿se está moviendo el caso subyacente? y ¿está al día la vía del I-765 de USCIS para esta categoría? Ambas tienen que estar funcionando para que el EAD efectivamente se emita. Un solicitante de asilo con una renovación de EAD bajo (c)(8), por ejemplo, se ve afectado tanto por la postura de la oficina de asilo o de la corte de inmigración sobre el caso subyacente como por el centro de servicio que esté adjudicando el I-765. Una renovación de DACA bajo (c)(33) se ve afectada tanto por la postura del programa DACA a nivel de política como por el rendimiento del centro de servicio en el trámite del I-765. Diagnosticar un I-765 atascado sin mirar también dónde está el caso subyacente es una fuente común de análisis mal enfocado; los dos suelen moverse juntos, y a veces solo uno es realmente el cuello de botella.
(c) Un EAD vigente es un documento de Lista A, y la tarjeta física es lo que importa. La autorización de empleo se otorga tras la aprobación del Formulario I-765 por parte de USCIS, pero conforme a las normas federales del I-9 un empleado le demuestra esa autorización a un empleador presentando un Formulario I-766 Documento de Autorización de Empleo vigente (la tarjeta física del EAD). Sin la tarjeta física en mano, un empleado por lo general no puede completar la verificación I-9 para un nuevo empleo, aun después de que se emita la aprobación. Bajo las normas federales del I-9, una I-766 vigente sirve como Lista A tanto para identidad como para autorización de empleo, y se sostiene por sí sola sin necesidad de un documento acompañante de Lista B o Lista C. Esa estructura tiene una consecuencia práctica: el solicitante necesita la tarjeta en mano — no solo una notificación de aprobación — para iniciar o continuar en un empleo. La producción y el envío de la tarjeta ocurren después de la aprobación, y las demoras o problemas de correo en esa etapa pueden agregar días reales al cronograma efectivo del "EAD utilizable" de maneras que el rango publicado de tiempo de trámite no captura.
(d) Extensión automática para renovaciones elegibles — la regla de 540 días. Para ciertas categorías de renovación enumeradas en 8 CFR § 274a.13(d), la autorización de empleo se extiende automáticamente hasta por 540 días después de la fecha de vencimiento del EAD actual cuando se presenta una renovación de I-765 oportuna bajo la misma categoría. (La cifra de 540 días refleja la regla permanente de 2024; versiones anteriores de la extensión automática ofrecían ventanas más cortas.) Este mecanismo suele ser una palanca significativa para un cliente con una renovación de EAD atascada en una categoría calificada, porque el solicitante típicamente puede seguir trabajando — y satisfacer la reverificación I-9 presentando el EAD vencido junto con la notificación de recibo del I-765 todavía pendiente que muestra la categoría calificada — mientras USCIS termina de adjudicar la renovación. Dos advertencias importantes: no toda categoría califica para la extensión automática (el reglamento enumera cuáles sí), y la extensión solo se activa con una renovación presentada oportunamente en la misma categoría. Los solicitantes fuera de las categorías calificadas, o que presentaron su renovación después del vencimiento del EAD, no obtienen la extensión automática, y la cuestión del tiempo en esos casos se vuelve mucho más aguda.
(e) Presentación concurrente con el I-485. Los solicitantes de ajuste de estatus pueden presentar el Formulario I-765 bajo la categoría (c)(9) de manera concurrente con — o después de — el Formulario I-485 para obtener autorización de empleo provisional mientras el I-485 está pendiente. Ese EAD provisional le permite al solicitante trabajar legalmente durante la espera, pero no acelera el I-485 en sí, y el I-765 y el I-485 típicamente se adjudican en sus propias vías (el EAD frecuentemente se emite antes que la decisión subyacente sobre la green card). Una vez que se aprueba el I-485 y el solicitante se convierte en residente permanente legal, el EAD (c)(9) deja de ser funcionalmente necesario — el estatus LPR confiere autorización de empleo incidente al estatus, y la propia green card es el documento que satisface la verificación I-9. Este es el patrón que hay que esperar en la vía de presentación concurrente: el EAD es un puente, y el puente deja de ser útil una vez que la aprobación subyacente del I-485 cierra la brecha.
Cuándo vale la pena hablar de mandamus — y cuándo no
El *mandamus* es una acción federal bajo 28 U.S.C. § 1361 que le pide a un juez ordenar a USCIS tomar una decisión sobre un caso que ha sido demorado de manera irrazonable. Vale la pena ser directos sobre dos cosas. Primero, no es un atajo para un caso que lleva unos pocos meses de retraso. Los tribunales buscan demora irrazonable — casos genuinamente atascados bastante más allá del borde exterior del trámite normal, normalmente después de que una consulta de caso ya no logró mover el expediente. Segundo, el *mandamus* obliga a una decisión; no ordena una aprobación. En el caso adecuado es una herramienta significativa, y esta firma la ha litigado. En el caso equivocado quema dinero y buena voluntad.
Para el I-765 en específico, hay dos advertencias importantes propias de un beneficio derivado. Primero, el *mandamus* rara vez encaja cuando la demora realmente está en la solicitud subyacente (asilo, ajuste de estatus, DACA), no en el I-765 mismo. El EAD es derivado; si USCIS efectivamente está demorando la adjudicación del caso de asilo o del I-485, el análisis de mandamus por lo general pertenece a ese expediente, no al I-765 derivado que espera detrás. Los tribunales han sido ampliamente comprensivos con el planteamiento del gobierno sobre la sincronización por categorías en beneficios derivados — el argumento de que la vía del I-765 está corriendo como se espera dadas las circunstancias del caso subyacente suele ser el primer movimiento del gobierno, y a menudo prospera. Segundo, la regla de extensión automática de 540 días bajo 8 CFR § 274a.13(d) a veces vuelve moot la urgencia práctica de una demora en la renovación del I-765 antes de que el mandamus valga la pena — si el solicitante puede continuar trabajando bajo la extensión automática mientras USCIS termina de adjudicar la renovación, la presión de "daño irreparable" que impulsa un caso de demora irrazonable disminuye. Donde el *mandamus* sí tiende a encajar del lado del I-765 es en una demora limpia de un EAD (c)(9): el I-485 subyacente se mueve al ritmo esperado, pero el I-765 presentado concurrentemente se ha estancado bastante más allá del rango publicado por USCIS para esa categoría en ese centro de servicio, y una consulta de caso ya quedó sin respuesta. Esa es una conversación diagnóstica, no un remedio por catálogo.
Por qué esta firma puede hablar de esto
Novo Legal Group es una firma bilingüe de inmigración con práctica en Colorado y Washington. Aaron Elinoff está admitido en ambos estados (Colegio de Abogados de Colorado #46468, admitido en 2013; Colegio de Abogados de Washington #58949, admitido en 2022), y la firma practica activamente en las oficinas de campo de Denver y Kent — los dos anclajes del trabajo de autorización de empleo de la firma — con cobertura adicional en Washington en las áreas de Seattle, Tri-Cities, Yakima y Spokane, y en zonas metropolitanas de Colorado más allá de Denver. El trabajo con el I-765 abarca todo el espectro de categorías que la firma ve en la práctica diaria — renovaciones basadas en asilo bajo (c)(8), presentaciones concurrentes bajo (c)(9) junto con ajustes de I-485, renovaciones de DACA bajo (c)(33), OPT y OPT STEM de estudiantes F-1, TPS, y EAD para cónyuges H-4 y L-2 — que es por lo que la lectura que la firma hace de un expediente de EAD atascado casi siempre empieza por el código de categoría y la postura del caso subyacente, no por el rango publicado en aislamiento.
Preguntas frecuentes — tiempo de procesamiento de I-765
¿Por qué mi I-765 está tardando más que el rango de USCIS?
El rango de USCIS describe el tiempo que recientemente tomó completar la gran mayoría de los I-765 adjudicados en esa categoría y ese centro de servicio (aproximadamente el 80% según la metodología más reciente de USCIS); algunos casos caen fuera de esa ventana. Las causas comunes incluyen retenciones por verificación de antecedentes o de seguridad, una RFE (Solicitud de Evidencia) sin resolver, una categoría de elegibilidad mal seleccionada o inconsistente en la notificación de recibo, la capacidad de programación del centro de servicio, y — crítico para el I-765 — demoras o problemas sin resolver en la solicitud o estatus subyacente del cual el EAD es derivado (asilo, ajuste, DACA, TPS, etc.). El siguiente paso correcto depende de qué tan lejos del rango está el caso, si el caso subyacente se está moviendo al ritmo esperado, y dónde queda el caso respecto a la fecha de solicitud de servicio.
¿Puedo pedir una consulta de caso sobre mi I-765?
Puede presentar una consulta de caso (también llamada solicitud de servicio) a través de su cuenta USCIS en línea solamente si su caso es elegible para consulta — es decir, si se presentó en o antes de la fecha de solicitud de servicio que USCIS publica para la categoría aplicable y el centro de servicio, y sigue pendiente. Si lo presentó después de esa fecha, todavía no es elegible para presentar una consulta, incluso si ya pasó del tope del rango publicado. La fecha de solicitud de servicio es el disparador, no el rango.
¿Qué pasa si mi I-765 ya es elegible para consulta de caso — qué herramientas se abren?
Si un I-765 se presentó en o antes de la fecha de solicitud de servicio aplicable y sigue pendiente, USCIS lo trata como fuera del tiempo normal de trámite. Eso abre el proceso de consulta de caso y, si eso no logra mover el expediente, potencialmente otros remedios — incluyendo, en las circunstancias correctas, un *mandamus* ante un tribunal federal. Este es generalmente el punto en el que una conversación con un abogado de inmigración empieza a importar, porque las herramientas disponibles comienzan a ampliarse. Una advertencia importante específica del I-765: si la solicitud subyacente de la cual el EAD es derivado es lo que realmente está atascado (asilo, ajuste, DACA), la mayoría de las herramientas de escalada del lado del I-765 no encajan — ver la pregunta sobre mandamus más adelante.
Mi renovación de I-765 ya fue presentada pero mi EAD actual está por vencerse — ¿puedo seguir trabajando?
Para ciertas categorías de renovación enumeradas en 8 CFR § 274a.13(d), la autorización de empleo se extiende automáticamente hasta por 540 días después de la fecha de vencimiento del EAD actual cuando se presenta una renovación de I-765 oportuna bajo la misma categoría. Los empleados en una categoría calificada típicamente pueden satisfacer la reverificación I-9 presentando el EAD vencido junto con la notificación de recibo del I-765 todavía pendiente que muestre la categoría calificada. Dos límites importantes: no toda categoría del I-765 califica para la extensión automática (el reglamento enumera cuáles sí), y la extensión solo se activa con una renovación presentada oportunamente en la misma categoría del EAD que está por vencer. Si una renovación específica califica es una pregunta específica de categoría y hechos — partir del código de categoría en la notificación de recibo es el primer paso correcto.
¿Por qué importa el código de categoría en mi I-765?
La categoría de elegibilidad en un I-765 — códigos como (c)(8) para asilo pendiente, (c)(9) para ajuste pendiente, (c)(33) para DACA, (c)(3)(B) para OPT estándar posterior a la culminación de estudios (y (c)(3)(C) para la extensión de OPT STEM de 24 meses), (a)(12) para TPS, (c)(26) para cónyuges H-4, (a)(18) para cónyuges L-2 — identifica la base legal de la solicitud de autorización de empleo, y USCIS publica datos de tiempo de trámite por categoría. Esa es la razón mecánica por la cual el I-765 de un solicitante puede mostrar un rango publicado más largo o más corto que el de otro en el mismo centro de servicio: distintas categorías se mueven por vías de revisión distintas vinculadas a distintos estatus subyacentes. En el verificador de tiempos de trámite de USCIS, el selector de categoría no es cosmético — seleccionar la categoría equivocada devuelve un número que no mapea al caso. Confirmar la categoría en la notificación de recibo, y hacerla coincidir con el menú desplegable del verificador, es donde suele empezar cualquier análisis responsable de tiempo del I-765.
¿Puedo presentar el I-765 con mi I-485 para obtener autorización de empleo mientras espero?
Sí — los solicitantes de ajuste de estatus pueden presentar el Formulario I-765 bajo la categoría (c)(9) de manera concurrente con, o después de, el Formulario I-485 para obtener autorización de empleo provisional mientras el I-485 está pendiente. El EAD (c)(9) típicamente se adjudica en su propia vía, frecuentemente antes que la decisión subyacente sobre la green card, y proporciona autorización de empleo durante la espera. Una vez que se aprueba el I-485 y el solicitante se convierte en residente permanente legal, el EAD provisional deja de ser funcionalmente necesario — el estatus LPR confiere autorización de empleo incidente al estatus, y la propia green card es el documento que satisface la verificación I-9. La vía de presentación concurrente trata al EAD como un puente, y el puente deja de ser útil una vez que la aprobación subyacente del I-485 cierra la brecha.
¿Una RFE reinicia el reloj de mi I-765?
Una Solicitud de Evidencia (RFE) detiene el avance real del caso hasta que se responde, y una respuesta lenta o incompleta puede empujar el expediente al final de una cola de revisión. USCIS no reinicia su estadística de rango publicado cuando emite una RFE, pero en la práctica una RFE suele aparecer como meses adicionales en la parte final del calendario real del caso. Si hay una RFE pendiente, la interacción con la elegibilidad para consulta de caso también puede depender de cómo se registre la respuesta. Responder de forma completa y a tiempo es la variable individual más controlable que tiene el solicitante.
Mi caso subyacente (asilo, I-485, DACA) está atascado — ¿mi I-765 también lo está?
Con frecuencia, sí — el I-765 es un beneficio derivado vinculado a la solicitud o estatus subyacente, y las demoras o los problemas sin resolver del lado subyacente comúnmente se propagan a la vía del EAD. El diagnóstico correcto por lo general separa las dos preguntas: ¿se está moviendo el caso subyacente al ritmo esperado? y ¿está al día la vía del I-765 de USCIS para esta categoría? Si el caso subyacente está atascado, la conversación de escalada típicamente pertenece a ese expediente, no al I-765 derivado que espera detrás. Si el caso subyacente se mueve y solo el I-765 está estancado bastante más allá del rango publicado de USCIS para la categoría, el análisis se desplaza al lado del EAD. Cuál de esas dos imágenes describe un caso específico es una conversación diagnóstica, no una pregunta de respuesta genérica.
¿Puedo demandar a USCIS si mi I-765 está atascado?
En las circunstancias correctas, sí. Una acción de *mandamus* bajo 28 U.S.C. § 1361 le pide a un tribunal federal ordenar a USCIS tomar una decisión sobre un caso demorado de manera irrazonable. No es para casos que simplemente llevan unos pocos meses de retraso, y no ordena una aprobación — solamente una decisión. Suele valer la pena discutirla cuando un caso está bastante más allá del borde exterior del trámite normal y una consulta de caso ya no logró moverlo. Dos advertencias importantes específicas del I-765: primero, el *mandamus* generalmente no encaja cuando la demora real está en la solicitud subyacente de la cual el EAD es derivado — el marco de "demora irrazonable" que sostiene el mandamus típicamente no encaja para un I-765 que está esperando que su caso subyacente de asilo, I-485 o DACA se mueva. Segundo, para las categorías de renovación elegibles para la extensión automática de 540 días bajo 8 CFR § 274a.13(d), la extensión automática a veces vuelve moot la urgencia práctica de la demora antes de que el mandamus valga la pena — un solicitante que puede seguir trabajando bajo la extensión automática mientras la renovación se adjudica tiene menos que ganar con una presentación en tribunal federal. Si el mandamus encaja en un expediente específico de I-765 es una conversación diagnóstica.
Mi I-765 fue denegado — ¿cuáles son mis opciones?
Una denegación no es necesariamente el final del camino, y la respuesta correcta depende en gran medida de por qué se emitió la denegación. En general, los solicitantes que enfrentan una denegación de I-765 pueden contar con varias vías, incluyendo presentar una moción para reabrir (si hay hechos o evidencia nuevos que no estaban disponibles al momento de la decisión), una moción para reconsiderar (si la denegación se basa en un error legal o fáctico), o en algunas circunstancias volver a presentar el I-765 bajo una categoría corregida o con evidencia adicional de apoyo. Si alguna de estas opciones tiene sentido para un caso específico depende del motivo específico de la denegación (una categoría mal seleccionada, evidencia insuficiente de la base subyacente, y los resultados de la verificación de antecedentes son de los motivos más comunes), de si aún puede establecerse la elegibilidad subyacente, y de lo que muestre el expediente. Esto es contexto educativo únicamente — la vía correcta después de una denegación específica requiere revisar la decisión real, y ese es el tipo de análisis que corresponde en una consulta.
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