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Abogados de Derechos Civiles en Colorado — Luchando Cuando el Gobierno Cruza la Línea

Mala conducta policial, abusos en cárceles y prisiones, represalias por la Primera Enmienda, y reclamos de derechos civiles bajo la abolición de la inmunidad calificada en Colorado (SB 20-217).

Si a usted lo golpeó la policía, lo electrocutaron con un Táser en una parada de tráfico, lo arrestaron por grabar a oficiales, o sufrió daños en una cárcel de Colorado — y otro bufete le dijo que la inmunidad calificada acaba con su caso — siga leyendo.

Ese consejo está incompleto en Colorado.

En 2020, Colorado se convirtió en uno de los primeros estados del país en eliminar la inmunidad calificada de los oficiales del orden público que enfrentan reclamos estatales de derechos civiles. La Ley para Mejorar la Integridad de las Fuerzas del Orden — Ley del Senado 20-217, codificada en C.R.S. § 13-21-131 — creó un reclamo paralelo bajo ley estatal que opera junto a la § 1983 federal pero no carga con la doctrina que ha matado la mayoría de los casos federales de derechos civiles en el juicio sumario. Los casos que otros bufetes dieron por perdidos están vivos en los tribunales estatales de Colorado. Su plazo es corto, y nuestro equipo litiga estos casos.

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Una reunión comunitaria en Colorado — la base constituyente detrás de la litigación de derechos civiles bajo la SB 20-217.
Una reunión comunitaria en Colorado — la base constituyente detrás de la litigación de derechos civiles.

Colorado Abolió la Inmunidad Calificada para Reclamos Estatales de Derechos Civiles — Esto Es lo Que Significa para Su Caso

En junio de 2020, el gobernador Jared Polis firmó la Ley del Senado 20-217 (Enhance Law Enforcement Integrity Act), el cambio más consecuente para la litigación de derechos civiles en Colorado en una generación. Está codificada en C.R.S. § 13-21-131 y titulada "Acción civil por privación de derechos."

Esto es lo que la ley hace, en lenguaje claro.

La SB 20-217 en lenguaje claro

El estatuto creó una nueva causa de acción bajo ley estatal contra los oficiales del orden público que, bajo color de la ley, priven a una persona de los derechos garantizados por la Constitución de Colorado. La causa de acción existe además de cualquier reclamo federal que un demandante pueda tener bajo 42 U.S.C. § 1983 — no los reemplaza, y el mismo incidente puede dar lugar a reclamos en ambos foros.

Lo que distingue al reclamo estatal es la siguiente oración del estatuto. El lenguaje central — directamente del estatuto — dice: "La inmunidad calificada no es una defensa a la responsabilidad conforme a esta sección." Ese es el propósito completo de la ley. La inmunidad calificada es la doctrina federal que, por décadas, ha permitido a los oficiales escapar de responsabilidad por violaciones constitucionales serias porque ningún tribunal previo había abordado precisamente esos hechos. Colorado dijo: en nuestros tribunales estatales, no.

El reclamo estatal bajo C.R.S. § 13-21-131 — paralelo a la § 1983, sin la defensa de inmunidad calificada

La estructura del reclamo de Colorado deliberadamente sigue a la § 1983 federal. Un demandante debe demostrar que un oficial del orden público, actuando bajo color de la ley, lo privó de un derecho garantizado por la constitución estatal. El análisis constitucional sustantivo — qué cuenta como uso excesivo de fuerza, qué cuenta como incautación injustificada — se informa por los precedentes federales pero se aplica a través del lente de la Carta de Derechos de Colorado.

La diferencia procesal crítica es que la defensa de inmunidad calificada que los tribunales federales aplican rutinariamente a los casos § 1983 no está disponible bajo § 13-21-131. El oficial no puede decirle a un juez de tribunal estatal de Colorado, "ninguna opinión publicada previamente me puso en aviso de que esta conducta exacta era inconstitucional, así que el caso debería ser desestimado antes del descubrimiento." Ese argumento está prohibido por el estatuto.

Responsabilidad personal del oficial — hasta $25,000 — y la salvedad de indemnización por mala fe

Bajo § 13-21-131, los oficiales del orden público pueden enfrentar responsabilidad personal por una porción del fallo o acuerdo. La ley dispone que un oficial es personalmente responsable por el 5 por ciento del fallo o acuerdo, o $25,000, la cantidad menor, si el empleador del oficial determina que no actuó de buena fe y con la creencia razonable de que su conducta era legal. La subdivisión política está obligada a indemnizar al oficial por el resto �� excepto cuando el empleador hace esa determinación de "no buena fe," o cuando el oficial fue condenado penalmente por la conducta que dio lugar al reclamo.

Para los demandantes, esto importa de dos maneras prácticas. Primero, la mayor parte de cualquier fallo es pagada por una entidad pública, lo que significa que la recuperación es cobrable en la mayoría de los casos. Segundo, el mecanismo de responsabilidad personal aplica consecuencias reales al oficial en los casos donde el empleador concuerda que cruzó la línea. Eso es un cambio estructural del mundo previo a la SB 20-217, donde los oficiales no pagaban nada personalmente y los departamentos peleaban cada reclamo a través de la inmunidad calificada.

Decimos lo que le decimos a cada cliente al inicio de estos casos: la disposición de responsabilidad personal es una característica del estatuto, no una garantía. Si se activa depende de la determinación del empleador, los hechos del incidente, y el resultado de cualquier procedimiento penal subyacente contra el oficial. No llame esperando que "el oficial pague personalmente" — llame para que podamos investigar lo que realmente sucedió y perseguir cada remedio disponible bajo el estatuto.

Honorarios de abogados y lo que los demandantes pueden recuperar

La SB 20-217 incluye una disposición de cambio de honorarios. Un demandante que prevalece en un litigio § 13-21-131 tiene derecho a honorarios razonables de abogados. Un demandado que se defiende exitosamente contra un reclamo que el tribunal determina frívolo puede recuperar honorarios del demandante — lo que es una de varias razones por las que nuestra firma investiga agresivamente antes de presentar, y rechaza casos que no tienen una base fáctica real.

Los daños bajo § 13-21-131 incluyen daños compensatorios, honorarios de abogados, y los costos de litigación. No hay tope estatutario sobre los daños compensatorios (la cifra de $25,000 es un tope sobre la contribución personal del oficial, no sobre la recuperación del demandante).

Por qué esto importa — los casos que otros bufetes le dijeron que estaban muertos pueden estar vivos en Colorado

La mayoría de los bufetes que reciben consultas de derechos civiles en Colorado corren primero el análisis de inmunidad calificada federal y se detienen allí. Si el caso parece muerto en la corte federal, rechazan. Ese análisis está incompleto, y lo vemos cada semana.

El reclamo estatal de Colorado bajo § 13-21-131 es un análisis separado, en un foro separado, bajo un estatuto diferente. Un caso que falla la inmunidad calificada federal aún puede sobrevivir — y llegar a un jurado — en la corte estatal de Colorado. La conversación previa al litigio que tenemos con usted es: cuáles son los hechos, cuáles son los reclamos disponibles (estatal, federal, o ambos), y cuál es el foro más fuerte.

Los casos de derechos civiles contra los oficiales del orden público de Colorado no están categóricamente prohibidos por la inmunidad calificada anymore. Nunca estuvieron tan prohibidos como sugería el consejo estándar. Si una firma de Colorado le dijo "la inmunidad calificada acaba con su caso" sin analizar § 13-21-131, busque una segunda opinión. Rápido — vea la sección del plazo de prescripción a continuación.

Reclamos Federales bajo § 1983 — Cuándo y Por Qué Todavía Importan

El reclamo estatal de Colorado es la razón por la que existe este pilar, pero la § 1983 federal no es obsoleta en Colorado. Muchos de nuestros casos alegan ambos. Aquí está por qué.

El marco de la § 1983

La § 1983 (42 U.S.C. § 1983) es el estatuto federal de derechos civiles que permite a los individuos demandar a empleados estatales y locales del gobierno que, actuando "bajo color de la ley estatal," violan sus derechos constitucionales federales. El estatuto se remonta a la Ley de Derechos Civiles de 1871 y fue moldeado por Monroe v. Pape, 365 U.S. 167 (1961), que confirmó que la § 1983 alcanza conducta que es ilegal bajo la ley estatal así como conducta que la ley estatal pretende autorizar.

En lenguaje claro: la § 1983 le permite demandar a un empleado estatal o local del gobierno que, mientras realiza su trabajo, violó sus derechos constitucionales federales — y no pueden escapar simplemente porque la ley estatal también prohíbe lo que hicieron.

Por qué la § 1983 federal todavía vale la pena perseguir junto al reclamo estatal de la SB 20-217

En un caso típico de derechos civiles en Colorado donde ambos reclamos están disponibles, nuestro equipo evalúa alegar ambos. Las razones incluyen:

  • Cambio de honorarios federal bajo 42 U.S.C. § 1988 opera en paralelo con la disposición de honorarios de la § 13-21-131 de Colorado.
  • Disponibilidad de la corte federal puede ser tácticamente valioso en algunos asuntos — reglas más amplias de descubrimiento, ciertas ventajas procesales, diferentes pools judiciales.
  • Alivio cautelar a nivel federal puede alcanzar patrones y prácticas que un reclamo de daños en corte estatal no.
  • No hay tope de contribución del oficial de $25,000 / 5% en el lado federal — la estructura del reclamo federal es diferente (y la inmunidad calificada federal sigue siendo un obstáculo, pero en un caso donde la conducta fue lo suficientemente atroz para vencer la inmunidad calificada, la postura de recuperación es diferente).

Responsabilidad municipal — reclamos Monell

Monell v. Department of Social Services, 436 U.S. 658 (1978), estableció que los municipios y entidades gubernamentales locales pueden ser demandados bajo § 1983 — pero solo cuando la violación constitucional resulta de una política oficial, una costumbre no escrita, o una falla en la capacitación, supervisión o disciplina. Los gobiernos locales no pueden ser demandados bajo una teoría de respondeat superior por la conducta individual del oficial.

Lo que eso significa en la práctica: si su caso es que un solo oficial golpeó a alguien, el reclamo es contra el oficial (y, bajo la ley de Colorado, contra la subdivisión política para fines de indemnización). Si su caso es que el departamento permitió esto — a través de un patrón de incidentes similares, una política escrita de uso de fuerza que empujó a los oficiales hacia la escalada, o un déficit de capacitación que el departamento conocía e ignoró ���� eso es un reclamo Monell contra el municipio. Los reclamos Monell son más difíciles, pero los casos que tienen éxito producen cambio institucional real.

Si su búsqueda lo trajo aquí en la frase "reclamo Monell Colorado," su caso puede ser uno de esos. Los litigamos.

Bivens contra oficiales federales — qué queda después de Egbert v. Boule

Los oficiales federales — Patrulla Fronteriza, ICE, FBI, US Marshals — no son actores estatales. No pueden ser demandados bajo § 1983. La Corte Suprema creó un remedio de daños federal implícito en Bivens v. Six Unknown Named Agents, 403 U.S. 388 (1971), y por décadas ese remedio fue el único camino de daños contra oficiales federales que violaron la Constitución.

Ese camino ha sido reducido dramáticamente. En Egbert v. Boule, 596 U.S. 482 (2022), la Corte Suprema rechazó extender Bivens a un reclamo de represalia bajo la Primera Enmienda y a un reclamo de uso excesivo de fuerza en el contexto transfronterizo de cumplimiento migratorio — y la opinión sugiere fuertemente que la Corte será reacia a extender Bivens a la mayoría de los nuevos contextos en el futuro.

Somos honestos sobre lo que esto significa. Después de Egbert, demandar personalmente a un oficial federal de inmigración por daños es extremadamente difícil. Los oficiales estatales y locales siguen siendo alcanzables bajo § 1983 y la § 13-21-131 de Colorado. Para Novo Legal — un bufete bilingüe cuyo trabajo de derechos civiles se superpone fuertemente con nuestra práctica de inmigración — el panorama post-Egbert significa que evaluamos cada caso de oficial federal cuidadosamente, incluyendo si existen remedios no-Bivens (alivio cautelar, reclamos estatutarios, reclamos contra entidades contratistas) que se ajusten mejor a los hechos. No prometemos recuperaciones bajo Bivens que ya no existen.

Inmunidad Calificada a Nivel Federal — Por Qué Importa Menos en Colorado que en Otros Estados

A nivel federal, la inmunidad calificada es la doctrina que protege a los oficiales gubernamentales de responsabilidad bajo la § 1983 cuando su conducta "no viola derechos estatutarios o constitucionales claramente establecidos de los cuales una persona razonable habría sabido" — el estándar articulado en Harlow v. Fitzgerald, 457 U.S. 800 (1982). En la práctica, la doctrina opera como una prueba de "ley claramente establecida": a menos que un tribunal previo de autoridad controladora haya sostenido que conducta materialmente similar fue inconstitucional, el oficial es inmune.

La doctrina ha sido criticada — por jueces, por académicos, por ambos lados del espectro político — por prohibir reclamos donde la conducta es claramente inconstitucional pero la casilla de precedente previo está vacía. La Corte Suprema ha agrietado la doctrina modestamente en años recientes. Taylor v. Riojas, 592 U.S. 7 (2020), fue una revocación per curiam en la que la Corte sostuvo que la inmunidad calificada no protege a los oficiales cuando la violación constitucional es lo suficientemente obvia — incluso sin un caso previo con hechos idénticos. El demandante allí había sido retenido seis días en celdas cubiertas de desechos humanos.

Taylor es una grieta, no un cambio sísmico. La inmunidad calificada federal continúa derrotando la mayoría de los casos § 1983 en la etapa de juicio sumario. Esa es la realidad.

La respuesta de Colorado a esa realidad fue la SB 20-217. El reclamo estatal bajo § 13-21-131 no permite la inmunidad calificada como defensa — punto final. Por eso la mayoría de las firmas nacionales que rechazan casos de Colorado basándose en un análisis de inmunidad calificada federal están dejando casos estatales viables sobre la mesa. Nosotros no.

Uso excesivo de la fuerza (Cuarta y Decimocuarta Enmienda)
Arresto injustificado (Cuarta Enmienda)
Represalias por la Primera Enmienda (Incluyendo Grabar a la Policía)
Condiciones en prisiones y cárceles
Perfilamiento racial y paradas pretextuales
Discriminación laboral — Manejada por nuestra práctica laboral
Aaron Elinoff, Socio Administrador de Novo Legal Group — abogado de derechos civiles e inmigración.
Aaron Elinoff, Socio Administrador de Novo Legal Group.

Caso de Derechos Civiles vs. Caso Penal — Distintos Foros, Distintas Reglas

Si usted fue arrestado o acusado de un delito en el mismo incidente que da lugar a su reclamo de derechos civiles, dos procesos paralelos pueden correr simultáneamente. Entender la diferencia importa.

El caso penal es el estado (o el gobierno federal) procesándolo por un delito alegado. El Estado es el demandante. Usted es el acusado. El estándar de prueba es "más allá de toda duda razonable." Los remedios son condena o absolución; potencialmente encarcelamiento, libertad condicional, multas.

El caso de derechos civiles es usted (o su familia) demandando al gobierno o sus empleados por daños. Usted es el demandante. El oficial y/o la subdivisión política son los acusados. El estándar de prueba es "preponderancia de la evidencia" (más probable que no). Los remedios son daños monetarios, honorarios de abogados, y en algunos casos alivio cautelar.

Dos implicaciones prácticas:

1. Su caso de derechos civiles no es su caso de defensa penal. Una demanda de derechos civiles no consigue que se desestimen los cargos penales. (Tenemos un equipo separado de defensa penal que maneja los cargos; si ambos están en juego en su situación, los equipos coordinan.) 2. El estado del caso penal sí afecta qué reclamos de derechos civiles están disponibles. Como se mencionó anteriormente, Heck v. Humphrey puede prohibir ciertos daños bajo § 1983 hasta que una condena sea revocada. Si enfrenta cargos penales pendientes que surgen del mismo incidente, el momento y la secuenciación importan — y es exactamente por eso que la consulta temprana es esencial.

Qué Hacer Si Sus Derechos Civiles Fueron Violados

Si cree que un oficial del orden público o empleado del gobierno violó sus derechos, los pasos siguientes son guía general, no consejo legal para su situación específica. Hable con un abogado sobre sus hechos.

1. Preserve la evidencia — inmediatamente

Documente lo que ocurrió mientras su memoria está fresca. Fotografíe cualquier lesión desde múltiples ángulos, durante múltiples días mientras los moretones se desarrollan. Guarde cualquier ropa que muestre daño. Anote los nombres y números de placa de cada oficial involucrado si los tiene. Obtenga la información de contacto de cualquier testigo — civiles y oficiales. Solicite la grabación de cámara corporal y cámara del vehículo por escrito a cada agencia que pueda tenerla; las solicitudes de preservación deben enviarse lo antes posible. Guarde mensajes de texto, mensajes de voz, publicaciones en redes sociales, y cualquier grabación de video que usted o cualquier otra persona capturó del incidente.

2. Busque atención médica

Si resultó herido, documente las lesiones con proveedores médicos. Los expedientes médicos son evidencia tanto de la lesión como de su gravedad. Los registros de tratamiento también ayudan a derrotar el argumento de defensa estándar de que las lesiones fueron exageradas o preexistentes.

3. Presente una queja formal con el departamento o asuntos internos

Una queja a la unidad de asuntos internos del departamento crea un rastro oficial. No reemplaza una demanda de derechos civiles, y la investigación de la agencia no adjudicará su reclamo de daños. Pero preserva un registro contemporáneo de lo que usted reportó y cuándo. Algunas jurisdicciones también tienen oficinas de supervisión civil o monitores independientes que aceptan quejas — podemos ayudar a identificar el canal correcto.

4. No dé declaraciones grabadas a las aseguradoras del orden público antes de hablar con un abogado

Si recibe una llamada de la oficina del abogado de la ciudad, la oficina de gestión de riesgos del condado, o un ajustador de seguros que representa a la agencia, no dé una declaración grabada antes de haber hablado con un abogado de derechos civiles. Cualquier cosa que diga puede ser usada para derrotar su reclamo posterior. Nuestro equipo de intake le guiará en cómo manejar esos contactos.

5. Llame a un abogado — antes de que se acabe el plazo

Los reclamos de derechos civiles de Colorado tienen un plazo de prescripción de dos años. Bajo C.R.S. § 13-21-131(5), "una acción civil conforme a esta sección debe iniciarse dentro de los dos años después de que la causa de acción se acumule." Los reclamos federales § 1983 en Colorado también siguen un plazo de dos años, tomado del estatuto de lesiones personales de Colorado. Dos años parece mucho tiempo. No lo es. La evidencia desaparece, las ventanas de retención de cámaras corporales expiran, y los testigos se vuelven más difíciles de localizar cada semana. Para los reclamos por arresto injustificado, Wallace v. Kato aclaró que el reloj empieza a correr cuando el demandante es detenido conforme al proceso legal — típicamente en el arraignamiento — no cuando los cargos son retirados después. Existen excepciones de extensión equitativa y casos extremos sobre la acumulación, pero son exactamente el tipo de problemas que usted no quiere litigar después del hecho.

La versión simple: llame a un abogado de derechos civiles de Colorado inmediatamente. No el próximo mes. No después de que se resuelva el caso penal. Ahora.

Preguntas Frecuentes

¿Puedo demandar a un oficial de policía en Colorado aun cuando existe la inmunidad calificada?

Sí, en la mayoría de los casos. La SB 20-217 de Colorado — codificada en C.R.S. § 13-21-131 — creó un reclamo estatal de derechos civiles que no permite la inmunidad calificada como defensa. La doctrina federal de inmunidad calificada todavía aplica a los reclamos federales § 1983 presentados en corte federal, pero un demandante de Colorado puede perseguir el reclamo estatal en la corte estatal de Colorado sin enfrentar la barrera federal de inmunidad calificada. Muchos casos de derechos civiles que serían prohibidos en corte federal son viables en corte estatal. Si su caso específico tiene un reclamo estatal viable depende de los hechos — llámenos para evaluar.

¿En qué se diferencia la SB 20-217 de la § 1983 federal?

Ambas permiten a un demandante demandar a un oficial del orden público por violaciones constitucionales, pero operan en distintos foros bajo distintas reglas. La § 1983 federal es un estatuto federal, litigado en corte federal, con la defensa federal de inmunidad calificada disponible para el oficial. La SB 20-217 / § 13-21-131 de Colorado es un estatuto estatal, litigado en corte estatal de Colorado, con la inmunidad calificada no disponible como defensa. Muchos casos de Colorado alegan ambos. Los remedios, disposiciones de cambio de honorarios, y estructuras de daños difieren de maneras importantes — esas diferencias moldean qué foro es más fuerte para un caso dado.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar una demanda de derechos civiles en Colorado?

Dos años para la mayoría de los reclamos de derechos civiles de Colorado. El estatuto SB 20-217 de Colorado, C.R.S. § 13-21-131(5), exige que una acción civil se inicie dentro de los dos años después de que la causa de acción se acumule. Los reclamos federales § 1983 en Colorado también están sujetos a un plazo de dos años tomado del estatuto de lesiones personales de Colorado. Para los reclamos de arresto injustificado, el reloj típicamente empieza cuando el demandante es detenido conforme al proceso legal (arraignamiento) bajo Wallace v. Kato, 549 U.S. 384 (2007) — no cuando los cargos son retirados después. Existen casos extremos de acumulación y extensión, y son específicos a los hechos. La conclusión práctica: llame a un abogado de derechos civiles de Colorado tan pronto como pueda después de un incidente.

¿Qué puedo recuperar si gano? ¿Hay topes?

Un demandante exitoso de derechos civiles en Colorado puede recuperar daños compensatorios (por cuentas médicas, salario perdido, dolor y sufrimiento, angustia emocional), honorarios de abogados, y los costos de litigación. No hay tope estatutario sobre los daños compensatorios bajo la SB 20-217 ni bajo la § 1983 federal en la mayoría de las categorías. La cifra de $25,000 que se cita en torno a la SB 20-217 es el tope sobre la contribución personal del oficial en casos donde el empleador determina que el oficial no actuó de buena fe — no es un tope sobre lo que el demandante recupera, y la subdivisión política generalmente indemniza el resto.

¿El oficial pagará personalmente, o pagará la ciudad o el condado?

En la mayoría de los casos, la subdivisión política paga la mayor parte de cualquier fallo o acuerdo bajo la disposición de indemnización de la SB 20-217. El oficial es personalmente responsable del 5 por ciento del fallo o acuerdo, o $25,000, la cantidad menor, solo si el empleador determina que el oficial no actuó con una creencia de buena fe y razonable de que la acción era legal — o cuando el oficial fue condenado penalmente por la conducta que dio lugar al reclamo. A la mayoría de los demandantes les importa más la recuperación que qué entidad escribe el cheque; el estatuto está estructurado para que la mayoría de las recuperaciones sean cobrables.

¿Y si el fiscal de distrito no presentó cargos contra el oficial — puedo demandar de todos modos?

Sí. La decisión de un fiscal de distrito de no perseguir cargos penales contra un oficial no tiene injerencia en una demanda civil de derechos civiles. Los casos penales y civiles corren bajo reglas completamente diferentes — diferentes cargas de prueba ("más allá de toda duda razonable" vs. "preponderancia de la evidencia"), diferentes remedios, diferentes demandantes (el estado vs. usted). Algunos de los acuerdos de derechos civiles más grandes en la historia de Colorado han surgido de incidentes en los que ningún oficial fue acusado penalmente. La falta de un cargo penal no significa que el oficial no hizo nada mal; significa que el fiscal declinó tomar ese caso. Su caso de derechos civiles es una pregunta diferente.

¿Necesito grabación de cámara corporal para tener un caso?

No, pero ayuda. Muchos de los casos de derechos civiles más fuertes involucran alguna combinación de grabación de cámara corporal, grabación de cámara del vehículo, grabaciones civiles, declaraciones de testigos, y expedientes médicos. La ausencia de una pieza no cierra el caso si el resto de la evidencia es fuerte. Si la agencia afirma que no existe cámara corporal (o que "falló"), eso en sí mismo puede ser evidencia — y existen herramientas de litigación para preservar y obtener la grabación si existe. Preserve cualquier video privado que usted o los testigos tengan, y llámenos inmediatamente.

¿Y el estado de Washington — atienden casos de derechos civiles en WA?

Sí — nuestra oficina de Seattle/Kent sirve al Sur del Condado de King y al Puget Sound, y nuestra oficina de Walla Walla cubre el Este de Washington. La práctica de derechos civiles de Washington corre bajo un marco estatutario y de jurisprudencia diferente al de Colorado: Washington no tiene un equivalente a la SB 20-217, y la § 1983 federal con la defensa federal de inmunidad calificada es el camino principal para la mayoría de los casos de Washington. Evaluamos los asuntos de Washington a través de nuestro intake del Noroeste — programe una consulta a través de nuestro formulario de contacto para hablar sobre su caso.

Por Qué Novo Legal para Casos de Derechos Civiles

Somos un bufete con raíces en Colorado, bilingüe, construido para litigar los casos que otros bufetes rechazan. Nuestro equipo de derechos civiles toma reclamos estatales de Colorado bajo la SB 20-217 junto con trabajo federal § 1983, con estrategia de caso informada por años de práctica en la intersección de derechos civiles y cumplimiento migratorio. El trabajo no es transaccional. No operamos un molino de contenido de intake. Los casos que entran a nuestra práctica de derechos civiles son evaluados por abogados que efectivamente litigan estos casos.

Lo que aportamos a un asunto de derechos civiles: un conocimiento operativo de C.R.S. § 13-21-131 — el estatuto al que la mayoría de las firmas nacionales de demandantes todavía no han adaptado su práctica. Experiencia de litigación con reclamos contra oficiales del orden público estatales y locales, sistemas de cárceles del condado, y la infraestructura de detención migratoria que corre a través de Colorado y el Noroeste del Pacífico. Intake bilingüe y dotación de personal de casos — la mayoría de nuestro equipo habla español con fluidez, y nuestra práctica con raíces comunitarias significa que no externalizamos la comunicación con clientes a un servicio de traducción.

Lo que no prometemos: un resultado específico en su caso. La litigación de derechos civiles es difícil, la barra de defensa está bien financiada, y aun los casos más fuertes toman tiempo. Lo que sí prometemos es que le diremos directamente lo que vemos en sus hechos, qué reclamos están disponibles, cómo se ve el momento, y cuál pensamos que es el camino realista. Si su caso no encaja con nuestra práctica, se lo diremos — y donde sea posible lo enrutaremos a una firma que pueda ayudarle.

Aaron Elinoff y Bryce Downer fundaron Novo Legal con la convicción de que el trabajo de inmigración y el trabajo de derechos civiles pertenecen al mismo bufete — porque las familias que representamos viven en la intersección de ambos. Así es como aún practicamos.

Su caso no está muerto en Colorado. Hable con nuestro equipo de derechos civiles.

Los casos que otros bufetes rechazan basándose en un análisis de inmunidad calificada federal pueden ser viables bajo el reclamo estatal de la SB 20-217 de Colorado. Manejamos mala conducta policial, condiciones de cárcel, represalias por la Primera Enmienda, perfilamiento racial, y el trabajo de derechos civiles en superposición con inmigración que la mayoría de las firmas no toca. Intake bilingüe. Oficina de Denver (888) 746-5245 · Línea gratis (888) 746-5245.

Sus derechos civiles importan. Su caso tiene un plazo. Hablemos.

Manejamos mala conducta policial, uso excesivo de la fuerza, arresto injustificado, represalias por la Primera Enmienda, condiciones de prisión y cárcel, perfilamiento racial, y casos de derechos civiles en el contexto de cumplimiento migratorio en todo Colorado y el Noroeste del Pacífico. Los casos que otros bufetes le dijeron que estaban muertos pueden estar vivos en Colorado. Oficina de Denver (888) 746-5245 · Intake bilingüe gratis (888) 746-5245.

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